Propiedad intelectual
Derecho de la música
Asesoramiento legal para artistas, compositores, sellos y editoriales, con foco en la compraventa y la auditoría de catálogos.
Música
Una canción se crea una sola vez, pero se explota muchas veces: se graba, se edita, se licencia para una serie o una publicidad, suena en las plataformas de streaming, se interpreta en vivo y hoy, además, puede terminar entrenando un sistema de inteligencia artificial. Cada uso es un derecho distinto, y cada derecho es una oportunidad —o un riesgo— que conviene resolver antes de que la obra empiece a sonar. Acompañamos a artistas, compositores, sellos y editoriales en cada decisión legal de su carrera o de su catálogo, desde el primer contrato hasta la defensa de sus derechos.
Servicios
- Negociación y redacción de contratos de management y representación de artistas musicales.
- Contratos de producción fonográfica, videográfica y musical con sellos, estudios y productoras.
- Licencias de distribución, difusión y sincronización de obras musicales para cine, series, publicidad y videojuegos.
- Contratos de autor y compositor, y de intérpretes o ejecutantes musicales.
- Registro de obras musicales y vinculación con sociedades de gestión colectiva: SADAIC, ASCAP, BMI y SGAE, entre otras.
- Creación y estructuración de editoriales musicales y sellos discográficos, propios o de terceros.
- Estrategia legal frente al entrenamiento de modelos de inteligencia artificial con obras musicales y frente al contenido generado por IA.
Compraventa y due diligence de catálogos
Un catálogo musical —de un artista, un sello o una editorial— es un activo. Antes de comprarlo, venderlo o valuarlo hay que saber con exactitud quién es el titular real de cada derecho, si esos derechos pueden transferirse, si existen condiciones contractuales que puedan trabar la operación y qué regalías genera. El due diligence analiza:
- Quién tiene los derechos sobre cada obra y cada grabación, y si están disponibles para su venta o cesión.
- Las condiciones para la venta: autorizaciones, derechos de preferencia u obligaciones pendientes.
- Quién cobra hoy las regalías y en qué porcentaje, y si coincide con lo pactado.
- Qué fuentes generan ingresos y cuáles no se están explotando ni cobrando.
Está pensado para compradores —sellos, editoriales y compañías de inversión— que necesitan saber qué están adquiriendo, y para artistas, sellos y editoriales que quieren vender o valuar su catálogo. El trabajo tiene tres etapas: el relevamiento de la cadena de titularidad, obra por obra; el análisis de los contratos y del reparto actual de las regalías; y un informe de hallazgos con riesgos, oportunidades y recomendaciones concretas.
Regularización de catálogos
Muchos artistas que crecieron muy rápido, o que trabajaron durante años sin mayores formalidades, tienen hoy catálogos con contratos incompletos, derechos sin ceder correctamente o cláusulas que directamente impiden la venta. Antes de vender, hay que ponerlo en orden. Lo que encontramos con más frecuencia:
- Derechos incompletos o cedidos de forma incorrecta: contratos verbales, vencidos o mal redactados que generan dudas sobre la titularidad de cada obra.
- Cláusulas que impiden la venta: prohibiciones, derechos de preferencia u obligaciones pendientes en contratos de management, sellos o editoriales.
- Regalías mal distribuidas o que no se pueden percibir, por falta de registro, contratos desactualizados o una gestión informal.
Identificamos qué derechos faltan o están mal cedidos, obtenemos y negociamos las cesiones y autorizaciones necesarias, y dejamos la documentación y la titularidad en condiciones de ser transferidas.
Auditoría y diagnóstico de regalías
No hace falta vender un catálogo para necesitar entenderlo. Muchos artistas, sellos y editoriales cobran regalías desde hace años sin saber con certeza si perciben todo lo que les corresponde. El diagnóstico integral abarca:
- El inventario del catálogo: qué obras y grabaciones existen, dónde están publicadas y desde cuándo generan derechos.
- El cruce de liquidaciones: lo que informan las distribuidoras digitales frente a lo liquidado por SADAIC y AADI-CAPIF.
- Los derechos editoriales no reclamados: las obras sin editorial activa suelen dejar sin cobrar una parte relevante del ingreso editorial.
- Los derechos conexos por ejecución en radio, televisión y espacios públicos, que muchas veces no se reclaman de forma sistemática.
- Los canales propios: la monetización en YouTube y redes, y el resguardo de la titularidad de esas cuentas.
- Los contratos de distribución vigentes: plazo, exclusividad y condiciones de rescisión.
El resultado es un informe claro y accionable: qué se cobra hoy, qué no, y un plan concreto para capturar los ingresos que corresponden antes de licenciar, vender o seguir explotando el catálogo.
Caso destacado
Acompañamos, desde el marco legal, la producción de los shows de River 2024. Ver el caso
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